El canon digital en CDs, DVDs y otros soportes.

Para hablar y pedir ayuda sobre Hardware, Software y tal pascual, además de tutoriales para hacer tus copias privadas o configurar eMule.
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Gastón
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Mensaje por Gastón » Lun 28 Abr, 2008 18:56

gaston escribió: Hollywood, que es a quien le tocamos la cartera con el ¿90%? de lo que bajamos, antes o después llamará a la puerta de La Moncloa, si no lo ha hecho ya, o abrirá una oficina en Bruselas. Sin la menor duda. Hollywood no nos va a regalar nada a los usuarios ni a los proveedores de Internet. A no ser, claro, que su parte de lo recaudado con el canon se le transfiera satisfactoriamente...
Pues eso...
EE UU critica a España por el intercambio de archivos en Internet
La oficina de Comercio Exterior estadounidense considera que el intercambio es ilegal e incluye a España en su lista de vigilancia
EFE - Washington - 28/04/2008

EE UU ha criticado públicamente al Gobierno español por no combatir adecuadamente la piratería por Internet e incluyó a España en su "lista de vigilancia", integrada por naciones que a su juicio no protegen suficientemente la propiedad intelectual.

"A Estados Unidos le preocupa que el Gobierno español no haya tomado medidas adecuadas para afrontar el problema creciente de la piratería por Internet, que las empresas estadounidenses consideran como uno de los más graves en Europa", según un informe de la oficina de Comercio Exterior estadounidense.

La oficina de la Representante de Comercio Exterior de Estados Unidos (USTR, en inglés), Susan Schwab, considera que en España existe "la percepción generalizada" de que compartir archivos entre usuarios es legal. Hay que tener en cuenta que la legislación estadounidense no reconoce el derecho a la copia privada y por lo tanto cualquier intercambio P2P de un contenido protegido se considera ilegal, mientras que en España, donde sí existe este derecho, hay varias sentencias que amparan el intercambio de contenidos en la Red mientras no exista ánimo de lucro.

El informe reconoce que la policía ha tomado algunas medidas contra páginas de Internet "piratas", pero afirmó que los fiscales no han procesado casos de violación de la propiedad intelectual y que los jueces no han impuesto sanciones en un nivel suficiente para tener un efecto disuasorio contra los responsables de la piratería. El informe también señala que las empresas perjudicadas "no tienen acceso a herramientas legales importantes que son necesarias para llevar adelante demandas civiles significativas".

La USTR compila su informe a partir de quejas de las empresas estadounidenses, información recogida por las embajadas y otras agencias norteamericanas y comentarios aportados por gobiernos extranjeros. La inclusión de un país en la lista "envía el mensaje al mundo y a los inversores potenciales sobre su nivel de compromiso en la protección de la propiedad intelectual", según Stan McCoy, Representante Adjunto de Comercio Exterior de EEUU para asuntos de propiedad intelectual e innovación.

Integran la "lista de vigilancia" 36 naciones, de las cuales tan sólo Grecia y España son países desarrollados. El año pasado España no estuvo entre las naciones mencionadas.

La USTR elabora otra lista "prioritaria", donde coloca a los países donde se infringe de forma más generalizada el derecho a la propiedad intelectual. En ella figura este año a China, Rusia, Argentina, Chile, India, Israel, Pakistán, Tailandia y Venezuela.
Fuente: El País, 28/04/2008

Papá ha dicho a Mamá que nos ha visto meterle mano en el bolsillo para sisarle algo de calderilla y que tiene que decirnos algo, y que, como no lo haga ella, va a tener que decirnoslo él personalmente...

De momento, Mamá nos cuida el culo, pero la presión irá a más, porque Mamá nos quiere mucho, pero el que manda es Papá.Imagen

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Vertigo
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Mensaje por Vertigo » Mar 29 Abr, 2008 11:37

La nota de ayer de la Agencia Efe, Gastón, es de lo más importante que ha sucedido al menos desde el comienzo del actual siglo y, a otro nivel desde luego, comparable al atropello a los derechos humanos que realiza la antaño noble nación americana en Guantánamo.

Sucede que ya me estoy hartando de que califiquen de piratería una difusión cultural, que se hace no ya gratuitamente sino pagando un canon, y que desde que existe el mundo ha permitido el préstamo entre familiares, vecinos y amigos de hachas de sílex, ruedas de carreta, caballos y mulas, pergaminos, libros, discos y películas. Y lo dice un país que ha impuesto condiciones draconianas a la exhibición de películas españolas, que prohibe el doblaje de las nuestras en Usa para que no compitan con las suyas y nos obliga a doblar las de su lengua extranjera en España.

¡Que nos tiene que hablar de legalidad un país que ha reelegido a un inepto e incompetente ex-borracho petrolero, cuyo único mérito previo y del que se jactaba, era ajusticiar mujeres en la silla eléctrica y que luego ha masacrado a un país, saltándose todas las normas legales nacionales e internacionales y que se permite torturar inhumanamente a mayor gloria de God. ¡Qué horror, qué vergüenza y qué incultura!

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roisiano
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Mensaje por roisiano » Mar 29 Abr, 2008 14:48

Vertigo escribió:Sucede que ya me estoy hartando de que califiquen de piratería una difusión cultural, que se hace no ya gratuitamente sino pagando un canon
Uno de los problemas puede estar en que lo que pagáis (digo... pagamos :mrgreen:) del canon va a parar a Bisbal'es y demás en lugar de Scorsese's y demás. O sea; según tengo entendido, la SGAE no manda pa'llá dinero del canon (a los EEUU, digo, a Hollywood y tal) sino que se lo abona "gustosamente" a Bisbal o Alejandro Sánchez (bueno, seguramente más aún a las discográficas de éstos), por poner dos ejemplos.
Ya que tenéis (tenemos, tenemos) que pagar el canon, estaría bien (sin entrar a valorar la justicia o injusticia de tal medida) que se repartiera de forma más equitativa, probablemente.
Personalmente, yo no le daría ni un céntimo de euro a Bisbal, por poner un ejemplo, que es un tipo que me cae realmente mal.
Florentino, fíchame.
Por 6.000 € netos mensuales te convierto en el mejor presidente de la historia.

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Mensaje por Gastón » Lun 26 May, 2008 16:14

Y siguen lanzando submarinos y globos-sonda:
EE UU acusa a España de no proteger la propiedad intelectual en Internet
El Caucus Antipiratería del congreso estadounidense incluye a España entre los seis países con mayor índice de piratería por las redes P2P LUZ FERNÁNDEZ - Madrid - 26/05/2008

España ha sido incluida por primera vez entre los seis países de investigación prioritaria por el comité Caucus Antipiratería Internacional del Congreso de Estados Unidos. Este comité, creado en 2003 y en el que participan representantes tanto del partido demócrata como republicano, considera que la legislación española "no está cumpliendo los requisitos mínimos exigidos por la Unión Europea para proteger a los propietarios de los derechos de autor en los entornos 'online'".

España aparece así entre los seis países con mayor índice de piratería provocados por el elavado uso de las redes de intercambio de archivos entre particulaes, junto con Rusia, México, Canadá, Grecias y China.

Esta nuevo informe viene a resaltar una situación que ya puso en evidencia la inclusión de España en la Lista 301 hace un mes y medio. Esta lista, creada hace más de 15 años, viene a recopilar los países con mayor índice de ataques contra la propiedad intelectual, y España no había aparecido en ella más que en una única ocasión.

La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual de la Obra Audiovisual, FAP, ha aprovechado esta ocasión para volver hacer pública su petición de un mayor control para proteger los contenidos en Internet. "Nuestra intención es simplemente que se respete la propiedad intelectual, y no tenemos las herramientas para poder proteger nuestros derechos", ha señalado José Manuel Tourné, director general de FAP.

Esta asociación calcula por los últimos estudios realizados por la consultora GFK sobre 2000 entrevistados que en España hay unos 5 millones de usuarios de redes P2P que realizan unos 242 millones de descargas ilegales (¡¿?!), que representan unas cuatro películas de media al mes.

Las observaciones realizadas por Caucus coinciden con muchas de las reivindicaciones que lleva realizando la FAP desde hace años. Por un lado, esta comisión del senado estadounidense asegura que "no se ha materalizado la responsabilidad que tienen los proveedores de servicios de Internet de cooperar con los legitimos propietarios de derechos", y en segundo se hace una acusación de "descriminalización del uso de redes que de facto supuso la Circular de la Fiscalía del Estado emitida en 2007".

Críticas a la Fiscalía del Estado

Tourné cree firmemente que estos dos puntos son fundamentales para comprender por qué en España se están disparando los niveles de piratería (y dale con piratería...). "La Circular de la Fiscalía del Estado está considerando las descargas en las redes P2P como copia privada, algo que no compartimos pues la Ley de Propiedad Intelectual dice expresamente que la copia privada nunca puede tener un carácter colectivo", ha insistido en subrayar Tourné.

Tampoco es de su agrado la interpretación de "ánimo de lucro" que realiza la Fiscalía pues restringe el ánimo de lucro al carácter comercial, cuando en el Tribunal Supremo "se refiere a cualquier ventaja aunque sea la meramente contemplativa", apunta.

En cuanto a las sentencias de algunos tribunales españoles que han desestimado acusaciones de piratería por considerar que no había ánimo de lucro, y se amparaban en la copia privada, Tourné ha declarado; "No hay una ninguna sentencia que haga referencia a los descargas. La pena es que es muy difícil que ninguno de estos casos llegue al Tribunal Supremo, por lo que no tenemos jurisprudencia", ha aclarado con rotundidad, al mismo tiempo que hace un llamamiento a la "elaboración de leyes adecuadas".

Si usas P2P, te corto Internet

La FAP propone que España tome medidas similares a las que acaba de adaptar en Francia, que siguen un modelo de "respuesta gradual" para la que es fundamental la colaboración de los proveedores de servicios. Primero se avisa al usuario de las redes P2P que está cometiendo un delito; un segundo momento, se le restringe el acceso a los contenidos; y en tercer lugar, si el usuario insiste en realizar descargas, se le corta el acceso a Internet. "En Estados Unidos, el 92% de los ciudadanos abandonan las descargas al recibir el primera aviso", cuenta el director general de la FAP, quien también critica que para aplicar una medida similar en España se necesita la intervención de una autoridad competente para que la compañía telefónica identifique al propietario de una dirección IP o dicho de otro modo para saber quién está detrás de una determinada conexión de Internet. Tourné se muestra optimista ante una nueva acuerdo de autorregulación que está tratando de establecer el propio sector de las telecomunicaciones para analizar cómo pueden llegar a proteger los contenidos sujetos a propiedad intelectual. Esta es una nueva aproximación después del fracaso de dos años de negociaciones en la comisión creada en el Senado que representaba a la industria de los contenidos y las de prestadores de servicios de telecomunicaciones.
Fuente: El País

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Wagnerian
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Mensaje por Wagnerian » Lun 26 May, 2008 17:54

E.E.U.U. no debe saber que aquí manda mamá C.E.E., que nos quiere mucho, y de momento, nos deja descargar. Es decir, que hay sitios que tienen sus propias leyes, e incluso intentan respetarlas a pesar de la piratería abogacil que ejercen las empresas pseudoestatales de SobreMéxico (¡que alguien pare a esa multinacional en barrena sobre los sistemas judiciales del planeta Tierra!)
Que el mundo no es un gran Guantánamo, coñe:
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Mensaje por Gastón » Vie 30 May, 2008 12:14

Me ha parecido interesante:

En APEMIT he encontrado traducido uno de los artículos de Philip Dorrell:
El impuesto sobre copyright "AKA Piracy Tax" por Philip Dorrell
Fecha 10/5/2006 11:15:53 | Tema: Artículos de opinión


Artículo de Philip Dorrell, traducción de Jose Miguel Rodriguez

Este artículo debe leerse y entenderse en el contexto del mercado norteamericano donde no existe el derecho a copia privada, en el artículo se hacen referencias a paises en el que si existe este derecho como Canada (o España)

Se ha traducido y publicado en @pemit porque da una visión muy interesante sobre la imposición de gravámenes sobre los soportes de la información.

El impuesto sobre copyright "AKA Piracy Tax"

Algunos países han obligado por ley al pago de "derechos de autor" sobre las compras de tecnología que contribuyen a la "piratería" (como copiar información digitalizada sin autorización del autor). Concretamente mediante el cobro de un canon en la venta de discos grabables, reproductores MP3 e incluso ordenadores. Algunos ejemplos se pueden ver en:

- Artículo en The Register, Fujitsu Siemens loses German PC levy case (en inglés), sobre los derechos de autor que un juzgado alemán obliga a pagar en la compra de ordenadores personales.

- La web de Canadian copyright levy FAQ (respuestas a preguntas frecuentes sobre derechos de autor en Canadá, en inglés) que da detalles acerca del canon sobre la comercialización de CD-R en su ámbito.

La justificación moral del canon parece suficientemente simple: los compradores de hardware para ordenadores los usan para infringir las leyes de propiedad intelectual de los autores, de modo que nace para compensar a esos autores de las pérdidas resultantes. Se plantea como una historia de "robo", pérdidas y compensación.

Acotación:

Pero hay algo extraño en el hecho de obligar al pago de un canon para compensar a las víctimas de un supuesto "crímen". El contribuyente está sujeto a pagar un impuesto a cuenta de sus posesiones o de cualquier acto por el que esté obligado a pagarlo, pero no es culpable de nada precisamente por el hecho de haber pagado el impuesto por ello.


En algunos de los países en los que el canon en discos virgenes es obligado, se ha producido la correspondiente legalización del acto de "robo". En concreto en Canadá, es legal copiar música protegida por copyright "para uso propio", aunque la copia se haga del disco original de otra persona.

De cualquier forma, existe incertidumbre sobre si este tipo de concesión es suficiente para justificar el canon, y sobre si se deberían tener en cuenta más cuestiones relativas a la relación entre el que paga el canon y el que decide cómo se aplica y a qué, y cómo se distribuye.

Para aclarar un poco la situación, analizaré un caso hipotético, concretamente el caso en que se obliga a pagar un canon a los usuarios de ordenadores, discos virgenes y redes de ordenadores, estando prohibido realizar copias de material protegido por copyright.

¿Quién se beneficia realmente?

En primer lugar resumiré la situación antes de la aplicación del canon:

- Los creadores de contenidos publican los mismos para ser vendidos.
- Algunos consumidores (honestos) los compran.
- Otros consumidores (los "piratas") adquieren los mismos contenidos haciendo o comprando copias no autorizadas de ellos.

Como resultado de la copia no autorizada:

- Los creadores de contenidos reciben menos dinero, porque los consumidores "piratas" no han pagado por ellos.
- Algunos de estos consumidores usan esos contenidos por los que no han pagado nada, ya que para ellos su valor es mayor "que cero" pero menor que su precio de venta.

En esta situación es cuando el canon se introduce en aparatos que permiten hacer copias no autorizadas, lo que incluye ordenadores, discos virgenes y conexiones a Internet (otros que permiten disfrutar de tales contenidos como reproductores MP3 podrían también ser gravados). El canon se distribuye, de alguna manera, entre los autores de los que se piensa que sufren pérdidas como resultado de la copia no autorizada.

Como resultado del canon impuesto, el resultado es ahora este:

- Los creadores de contenido publican los mismos para su venta.
- Consumidores honestos los compran.
- Consumidores no tan honestos los adquieren haciendo o comprando copias no autorizadas.
- Todos los ususarios de ordenadores, discos virgenes e Internet pagan el canon.
- Los autores reciben una parte del canon además de los royalties recibidos por las compras de consumidores honestos.

¿Quiénes son exactamente los ganadores y perdedores en esta situación?

Parece ser que los primeros beneficiados son los creadores de contenidos, porque ellos son los que reciben directamente el canon. Pero lo reciben en lugar de lo que recibirían si los consumidores deshonestos fueran honestos. Los mayores beneficiarios son los consumidores deshonestos, que continúan adquiriendo contenidos gratuitamente a través de la copia no autorizada.

Acotación:

Los grandes perdedores son los que pagan el canon, que no reciben ningún beneficio a cambio, salvo que sean también deshonestos que "piratean". Si pagas el canon y eres un consumidor honesto, entonces pagas dos veces: una por la obra y otra por el canon. Si eres deshonesto entonces pagas menos: una por el canon y nada por la obra.



Se podría argumentar aqui que los autores benefician a la sociedad cuando crean sus obras, y que los que pagan el canon compensan a los autores económicamente. Por ejemplo, todos nos beneficiamos de la creación musical, porque todos hemos oído música alguna vez en la vida por la que no hemos pagado.

De todas formas hay una falacia en este argumento, porque ignora el propósito de las leyes de propiedad intelectual, que no es otro sino apoderarse de algo que podría ser de beneficio general a la sociedad y asegurarse de que es de hecho una propiedad privada de una persona u organización a la que se cree responsable de su creación.

Así, el beneficio que la sociedad obtiene de un músico que crea obras bajo copyright consiste en el disfrute de sus obras por dos categorías de fans:

- Compradores honestos de música, que pagan los royalties directamente al músico por su derecho a escuchar su obra. (En este caso el beneficio es relativo porque se paga por ello, es decir, nos beneficiamos en el disfrute de la obra y nos pejudicamos en el dinero al pagar por ella)*
- Compradores deshonestos de música, que la disfrutan sin pagar nada al músico.

Acotación:

Si la única categoría de fans fuera la primera, entonces no habría justificación alguna para considerar a los músicos como benefactores de la sociedad. La única razón para que se consideren benefactores de la sociedad (y del bien público, del que hablaré en detalle más abajo), es la que deriva del disfrute por parte de los consumidores deshonestos.



Como ya he dicho, con frecuencia oímos música por la que no hemos pagado directamente nada. Podemos oirla en un programa de televisión o en una emisora de radio. Estas últimas la emiten sólo porque obtienen beneficios derivados de la publicidad, que debemos sufrir cada cierto tiempo si queremos seguir escuchando música. (Hay formas de evitar la publicidad, pero si se generalizan y se hacen efectivas, para la emisora de radio su modelo de negocio dejará de ser rentable.) Y de forma similar podría decirse de los programas de televisión, que primero pagan por los derechos de la música y después obtienen beneficios de la publicidad o las suscripciones (por ejemplo, televisión por cable).

Los contribuyentes y los bienes públicos

El propósito de pagar impuestos es pagar por bienes públicos. En sentido general se puede entender por bien público algo que beneficia a la sociedad en general. Para alcanzar un punto de vista de teoría económica debemos definir 3 propiedades de los bienes públicos:

- No rivalidad: si una persona consume un bien público ello no impide a otros consumirlo también.
- No excluible: cuando el bien está disponible es difícil detener su consumo por las personas.
- Universalidad: Todo el mundo puede y quiere consumirlo o beneficiarse de él.

Estas tres propiedades pueden ser entendidas como argumentos a favor de la provisión de estos bienes a través del pago de un impuesto, en vez de ser producidos y vendidos privadamente. Los argumentos relevantes son:

- Si el bien cumple la No rivalidad, y es producido, entonces se debe a poner a disposición de todos.
- Si el bien es no excluíble, y es producido, entonces va a estar disponible para todos, te guste o no. Si su uso por consumidores individuales no puede ser evitado entonces no tiene sentido que se ponga a disposición a cambio de un pago (de venta, no impuesto).
- Si el bien beneficia a todos, entonces se justifica imponer un pago a todos (impuesto), asumiendo que va a ser consumido. El criterio de universalidad se puede siempre ajustar para que refleje el motivo por el cual el bien queda sujeto a un impuesto. Por ejemplo, un impuesto sobre carreteras podría ser incluído en el precio de vehículos y gasolina, en cuyo caso puede determinarse que casi todos los que lo pagan son probablemente los que se van a beneficiar de las carreteras.

Cuando intentamos hacer este análisis al pago de un canon sobre copyright, cuando no existe el correspondiente permiso para hacer copias de contenidos no expresamente autorizados por el creador nos encontramos que el único "bien público" por el que lo pagamos es la capacidad de "piratearlo" ilegalmente.

Si consideramos las tres propiedades de un bien público encontramos lo siguiente:

- la capacidad de piratear contenido no causa "rivalidad", porque mi acto de "piratería" sobre cierto contenido no te impide piratearlo a ti.
- La capacidad de "piratear" contenido es de alguna forma no excluíble, ya que por definición la piratería es un acto criminal, lo que significa que es algo que sucede aunque intentes impedirlo.
- El contenido pirateado produce un beneficio que podemos considerar universal. Como en el ejemplo del impuesto de carreteras anterior, podemos ajustar los criterios de universalidad para que reflejen el sentido por el que se recauda el mismo. En el caso del canon, éste procede de gravar a los usarios de ordenadores, discos vírgenes e Internet, y podemos considerar el beneficio como universal si beneficia a los usarios de estos productos. Incluso con estos ajustes (para que sólo sea pagado por estos usuarios) hay dos grandes razones por las que el contenido pirateado podría no repercutir un suficiente beneficio universal.

- Cada contenido individual es sólo de interés para algunos consumidores. Algunos tipos de contenidos son más universales que otros. Hay una gran cantidad de contenidos que es sólo de interés para una pequeña parte de los consumidores.
- El contenido pirateado es sólo de interés para la gente que habitualmente piratea. Por decirlo de otra forma, es sólo un beneficio para los que delinquen, y no producen beneficio alguno al resto de la gente.

Acotación:

La mayor objeción moral a un canon impuesto sin la correspondiente legalización del acto de "piratear" es que sólo beneficia a los piratas.



Todos somos criminales (?)

Un argumento en contra de lo dicho anteriormente podría ser considerar que "todos somos criminales", todos pirateamos contenidos en consecuencia, todos nos beneficiamos de ello (excepto yo, por supuesto). Incluso en este caso, todavía no se justifica adecuadamente la imposición de un canon que solo beneficia a delincuentes.

Acotación:

- Si todos somos delincuentes algo en la ley no funciona como debería. Un crimen es algo que la sociedad no aprueba y que activamente trata de evitar. Si algo es un crimen la ley debe definir mecanismos para penalizar a los que lo cometen. Si todos admitimos estar cometiendo un crimen, estos mecanismos nos deberían ser aplicados a todos. Y si sólo algunos están acusados del crimen, y la pena les es aplicada, entonces ésta pena es completamente arbitraria. Quién quiera que elija a las personas a las que aplicar la ley, no aplicándola a otros, está ejerciendo efectivamente el poder de penalizarlos, y quizá destruir sus vidas, incluso cuando esos criminales no hicieron nada "peor" que lo que hacen los demás. El ejercicio de un poder arbitrario para destruir la vida de la gente es en sí un acto inmoral.




- En la vida real, incluso cuando todos somos "criminales del copyright" (excepto tu y yo), probablemente unos lo son más que otros. Y esto significa que algunos de nosotros estaríamos recibiendo más beneficio de la aplicación del canon que otros, ya que éste es directamente proporcional al valor del contenido que es pirateado.

Descriminalizar la piratería.

La única forma de evitar la injusticia de un canon que crea beneficios para los delincuentes es legalizar el beneficio, y hacer la "piratería" legal para todos. El bien público provisto a través del canon sería aquí el acceso a contenido de forma gratuita para todos. Esto, "a grosso modo", sería el derecho a copiar para uso privado, lo que está así previsto en Canadá (de acuerdo a la FAQ mencionada arriba, de fecha 15 de diciembre de 2003).
De cualquier forma, la legalización sólo soluciona la mitad del problema global. El segundo problema es que cada contenido particular sólo beneficia a algunos consumidores. El problema se reduce aquí al problema de decidir cuánto hay que pagar y a quiénes entre los creadores.

Acotación:

Porque la presión política para que se aplique el canon procede de los que poseen el derecho de copyright, la tendencia ha sido permitirles definir métodos de distribución del dinero procedente del canon. De cualquier forma, y como ya he dicho, ellos no son los que pagan el canon, y no son los mayores beneficiarios del mismo (beneficiarios en el sentido de obtener contenidos gratis, se refiere aquí, no en el sentido económico). Por ello, no deberían ser los que determinan cómo distribuirlo.

La idea de que los poseedores de los derechos de copyright son los que deben determinar su distribución está fundada en el victimismo de que hacen gala (que está basado en la falacia de que el bien público es el beneficio económico que ellos obtienen mediante el pago del canon).




En la práctica la distribución del canon se decide valorando las ventas originales, no pirateadas. Estas aparentan ser una estimación del valor del contenido para el público en general, como medida de la proporción de consumidores que disfrutan ese contenido y de la cantidad que están dispuestas a pagar por él.

Pero hay dos objeciones al uso de de las ventas originales como sistema para valorar la distribución del canon:

- Si la piratería es legalizada, las ventas de originales podrían caer hasta valores próximos a cero. Cuando sólo una pequeña parte del contenido es distribuído via venta de originales y éstas son usadas para determinar cómo repartir el pago del canon, ésta medida de ventas legales se convierte entonces en vulnerable a varias formas de corrupción. De hecho el canon es un sistema de compensación alternativo basado para su reparto en medidas de las ventas de originales.

- Esta medida de ventas legales no tiene en cuenta a los creadores que actualmente regalan sus creaciones y que sin duda producen una parte sustancial del dinero que los usuarios de ordenadores, discos virgenes e Internet pagan a través del canon, ya que estos artículos son usados también como soporte de sus contenidos.
Por supuesto estos creadores podrían empezar a vender sus creaciones para poder reclamar entonces su parte de lo recaudado por concepto de canon.

La mejor alternativa a cualquier clase de sistema de compensación basado en medidas de "algo" sería establecer una compensación consensuada por votación, y doy una justificación más detallada de éste sistema en "Published Digital Information is a Public Good: The Case for Voted Compensation" (la información digital publicada es un bien público: el caso de la compensación consensuada por votación).


*Esto era necesario para entender el sentido de "It would therefore be double-counting to count this as a benefit to society" que no es fácil de traducir al español en ese contexto. Lo que el autor quiere decir en esta frase es que en cualquier transacción hay un beneficio subjetivo, es decir, adquieres algo que quieres. Pero pagas por ello, es decir, no es un beneficio en si mismo, te perjudicas pagando y beneficias a la otra parte también.

Fuente: http://www.1729.com/ip/CopyrightLevies.html
Fuente de la traducción: http://www.apemit.org/modules/news/arti ... storyid=17

Una visión de la utopía es imprescindible para tener un objetivo.[/quote]

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Re: El canon digital en CDs, DVDs y otros soportes.

Mensaje por Gastón » Mié 06 May, 2009 09:14

Un año después (ver más arriba) papá viene a repartir collejas:
EE UU abronca a España por "pirata"

Un informe de la Administración de Obama acusa al Gobierno de tolerar las descargas"ilegales" en Internet - Insta a que se prohíba el intercambio de archivos p2p
RAMÓN MUÑOZ - Madrid - 06/05/2009


Barack Obama celebró recientemente su amistad con José Luis Rodríguez Zapatero. Pero quizá hayan encontrado su primer punto de fricción: Internet. La actual Administración estadounidense no sólo no ha cambiado de opinión respecto a la de George W. Bush sobre la política en la Red del Gobierno español, sino que ha arreciado su crítica. Un informe elaborado por el Departamento de Comercio y la Oficina de Presidencia de EE UU acusa al Ejecutivo de Zapatero de ser permisivo contra la "piratería" en Internet y de no haber tomado ninguna medida para frenar la descarga de archivos protegidos por derechos de autor. Asimismo, le insta a ilegalizar los programas de intercambio de archivos p2p como eMule, BitTorrent o Ares.

Todas estas críticas aparecen en la llamada Lista 301 de 2009, un informe anual del Departamento de Comercio de EE UU. En él hace un balance de la situación de los derechos de propiedad intelectual en todo el mundo, y confecciona una lista de los países donde más se vulneran estos derechos. España no sólo aparece por segundo año consecutivo en la lista, sino que se lleva una de las más duras reconvenciones.

"España se mantendrá en la lista de vigilancia en 2009. Estados Unidos urge enérgicamente al Gobierno español a que lleve a cabo acciones de forma rápida y significativa para reconducir el serio problema de la piratería por Internet. El Gobierno español ha realizado un esfuerzo mínimo para cambiar la extendida y errónea percepción que existe en España de que compartir archivos por los sistemas p2p es legal", señala el informe, de fecha 30 de abril, y al que ha tenido acceso este diario.

La acusación sube de tono porque insta directamente al Gobierno a ilegalizar los sistemas p2p y a anular la circular del fiscal general del Estado de mayo de 2006 que consideraba que el intercambio de archivos protegidos por derechos de autor es lícito siempre que no tenga ánimo de lucro. Este punto prueba la magnífica información que maneja la Administración estadounidense sobre España, puesto que dicha circular es la principal fuente de jurisprudencia, y ha sido esgrimida en todos los procesos legales por descargas de Internet, en los que ningún internauta ha sido condenado.

"EE UU insta a España a que deje claro que compartir archivos sin autorización por p2p es ilegal, y a que anule las directivas problemáticas respecto a los derechos de propiedad intelectual, como la circular del fiscal general del Estado de mayo de 2006 que parecía legitimar tal actividad ilícita".

Pero no se queda ahí. Además del rapapolvo contra el Ejecutivo, el informe también tiene duras palabras contra jueces y fiscales, por haber absuelto sistemáticamente a los propietarios de las páginas web que sirven enlaces para realizar descargas, puesto que sólo hay una sentencia condenatoria contra esas webs.

"Además, mientras las autoridades han realizado esfuerzos legislativos para adoptar algunas medidas contra las páginas web piratas, los fiscales han fracasado en la persecución de los casos contra los derechos de autor, y los jueces también al no imponer sentencias disuasorias contra los infractores, dejando a los defensores de esos derechos sin las herramientas legales necesarias para llevar los casos a juicio", señala el documento.

La advertencia no es baladí. España ya fue incluida el año pasado en la llamada lista negra del Congreso de EE UU como uno de los países en los que más se fomenta la "piratería" por Internet. Pero a diferencia de este informe, que es meramente informativo, la lista 301 puede acarrear sanciones económicas o comerciales.

Zapatero no debe echar en saco roto esta última advertencia. La lucha contra la "piratería" será uno de los temas principales de la agenda que traerá el vicepresidente de EE UU, Joseph Biden, en la visita que realizará a España dentro de su gira por diversos países europeos. Biden se ha significado en la defensa de los intereses de la poderosa industria musical y cinematográfica estadounidense. En su carrera como senador y ahora como vicepresidente, ha impulsado al Departamento de Justicia a procesar a los usuarios del p2p y a establecer un programa de vigilancia de estos sistemas.

Con todo, España no aparece en el informe en la lista de países prioritarios, sino en la llamada "lista de vigilancia", junto a varios Estados europeos como Noruega o Italia, aunque ninguno de ellos recibe la dura advertencia que merece España.

El informe se produce en un momento delicado en que el Gobierno se ve atrapado entre las exigencias de la industria cultural y las quejas de las operadoras de Internet. El nombramiento de Ángeles González-Sinde como ministra de Cultura no sólo no ha aplacado los ánimos en ambas partes, sino que los ha enconado. Los operadores de telecomunicaciones (Redtel) han emplazado al Ejecutivo a que sea él quien proponga una regulación de las descargas tras el bloqueo de las negociaciones que mantenían con la industria cultural.

Ante la gravedad de la situación, ayer el secretario de Estado de Telecomunicaciones, Francisco Ros, pidió a las partes que reinicien las negociaciones.

La temida 'lista 301'
  • - La Oficina del Representante Comercial de EE UU realiza todos los años su Informe Especial 301 para promover el cumplimiento en todo el mundo de las leyes que amparan los derechos de propiedad intelectual.

    - Los países son clasificados por categorías según el grado de piratería. En el informe de 2009, la lista de países prioritarios, aquellos donde la situación es más grave que en los demás, está integrada por China, Rusia, Argelia, Argentina, Canadá, Chile, India, Indonesia, Israel, Pakistán, Tailandia y Venezuela.

    - España está, por segundo año consecutivo, en la lista de países bajo vigilancia junto a otros 35 países. También fue incluida el pasado año en la lista Caucus Antipiratería Internacional del Congreso de EE UU.

    - Los países de la lista 301 deben entablar negociaciones con EE UU para salir de la lista y se enfrentan a sanciones comerciales si no combaten la piratería.
Mientras tanto, esta a punto de votarse en el Parlamento europeo si Europa no exigirá la vía judicial para cortar Internet a quienes descarguen contenidos, el señor Mariano intenta hacer el truco del almendruco (Rajoy promete una ley contra el canon digital) y el gobierno intentando que se las arreglen entre las operadoras y las propietarias de contenidos, que, a fin de cuentas, son quienes de verdad están en guerra...

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Blomac
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Re: El canon digital en CDs, DVDs y otros soportes.

Mensaje por Blomac » Dom 10 May, 2009 00:50

Qué se v*y#n a la m&e/d@!!!
Después de las "sanciones Bush" ya no nos viene de aquí.
(Que conste que sólo me he leído un par de líneas del post, suficiente :P )